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Legislación › Real Decreto 402/2020, de 25 de febrero, por el que se establece el título de Técnico en Guía en el medio natural y de tiempo libre y se fijan los aspectos básicos del currículo.

Artículo 2. Identificación.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 28 de febrero de 2020 y la del 29 de mayo de 2024. Tachado: lo que se quitó (0 palabras). Subrayado: lo que se añadió (19 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 2. Identificación.
El título de Técnico en Guía en el medio natural y de tiempo libre queda identificado por los siguientes elementos:
Denominación: Guía en el medio natural y de tiempo libre.
Nivel: Formación Profesional de Grado Medio.
Duración: 2000 horas.
Familia Profesional: Actividades Físicas y Deportivas.
Referente en la Clasificación Internacional Normalizada de la Educación: P-3.5.4.
El título de Técnico se corresponde con un nivel 4A del Marco Español de Cualificaciones para el Aprendizaje Permanente.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
29 de mayo de 2024 En vigor BOE-A-2024-10684 Leer Qué cambió
28 de febrero de 2020 Texto original Leer

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