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Legislación › Real Decreto 402/2020, de 25 de febrero, por el que se establece el título de Técnico en Guía en el medio natural y de tiempo libre y se fijan los aspectos básicos del currículo.

ANEXO IV

ANEXO IV

Convalidaciones

a) Convalidaciones entre módulos profesionales de títulos establecidos al amparo de la Ley Orgánica 1/1990 (LOGSE) y los establecidos en el título de Técnico en Guía en el medio natural y de tiempo libre, al amparo de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo.

Formación aportada Formación a convalidar
• Técnico en Conducción de Actividades Físico-Deportivas en el Medio Natural. 1327. Guía ecuestre.
• Conducción de grupos a caballo y cuidados equinos básicos.
• Dinámica de grupos. 1328. Atención a grupos.
• Desplazamiento, estancia y seguridad en el medio natural terrestre.

1329. Organización de itinerarios.

1333. Guía de baja y media montaña.

• Conducción de grupos en bicicletas. 1334. Guía de bicicleta.

b) Convalidaciones entre módulos profesionales de títulos establecidos al amparo de la Ley Orgánica 2/2006 (LOE) y los establecidos en el título de Técnico en Guía en el medio natural y de tiempo libre.

Formación aportada Formación a convalidar
Módulos profesionales (Ciclo formativo al que pertenecen) Módulos profesionales a convalidar

0017. Habilidades Sociales.

− Ciclo Formativo de Grado Superior en Acondicionamiento Físico.

1328. Atención a grupos.

0211. Destrezas sociales.

− Ciclo Formativo de Grado Medio en Atención a Personas en Situación de Dependencia.

(Servicios Socio Culturales y a la comunidad).

1328. Atención a grupos.

1124. Dinamización Grupal.

− Ciclo Formativo de Grado Superior en Enseñanza y Animación Sociodeportiva.

− Ciclo Formativo de Grado Superior en Termalismo y bienestar.

1328. Atención a grupos.

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