Legislación › Real Decreto 455/2020, de 10 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Igualdad.
Disposición transitoria tercera. Régimen transitorio de la prestación de servicios comunes.
Disposición transitoria tercera. Régimen transitorio de la prestación de servicios comunes.
La Subsecretaría de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática continuará prestando los servicios comunes al Ministerio de Igualdad en tanto no se distribuyan sus efectivos y se definan, en su caso, los términos en los que se prestarán los servicios comunes de ambos ministerios.
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