Legislación › Instrucción de 15 de marzo de 2020, del Ministerio de Defensa, por la que se establecen medidas para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 en el ámbito del Ministerio de Defensa.
Cuarta. Medidas de autoprotección.
Cuarta. Medidas de autoprotección.
Se respetarán en todo caso las recomendaciones e instrucciones de las autoridades sanitarias civiles y militares para la prevención de la transmisión del COVID-19. A tal efecto, el personal incluido en el ámbito de aplicación de esta instrucción utilizará, en todo caso, los equipos de trabajo adecuados para garantizar su seguridad sanitaria atendiendo a estos efectos a lo que se disponga por el Ministerio de Sanidad.
En todo caso, se adoptarán las medidas para proteger al personal crítico que esté directamente implicado en la ejecución de las medidas derivadas del estado de alarma, así como de las operaciones que garanticen la defensa y seguridad nacional.


