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Legislación › Orden SND/234/2020, de 15 de marzo, sobre adopción de disposiciones y medidas de contención y remisión de información al Ministerio de Sanidad ante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Sexto.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 15 de marzo de 2020 y la del 21 de marzo de 2020. Tachado: lo que se quitó (12 palabras). Subrayado: lo que se añadió (83 palabras). Volver al texto en vigor

Sexto.
Esta orden producirá efectos Para facilitar la remisión y actualización de la información contenida en el mismo día su publicación anexo I, las comunidades autónomas deberán cumplimentar las tablas incluidas en los anexos II y III y enviarlas al buzón de correo electrónico COVID19comunicacion@sanidad.gob.es en el «Boletín Oficial del Estado». plazo de dos días naturales.
Una vez recibidos los datos de los anexos II y III, el Ministerio de Sanidad contactará electrónicamente con las personas identificadas en dichos anexos, con la finalidad de establecer los medios concretos para la remisión de los datos contenidos en el anexo I.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
21 de marzo de 2020 En vigor BOE-A-2020-3953 Leer Qué cambió
15 de marzo de 2020 Texto original Leer

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