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Legislación › Orden TMA/247/2020, de 17 de marzo, por la que se establecen las medidas de transporte a aplicar a las conexiones entre la península y la Comunidad Autónoma de Illes Balears.

Artículo 3. Medidas de control.

Artículo 3. Medidas de control.

La Presidenta de la Comunidad Autónoma de Illes Balears adoptará las medidas de control necesarias que puedan ser realizadas por las autoridades sanitarias de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears.

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