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Legislación › Orden SND/276/2020, de 23 de marzo, por la que se establecen obligaciones de suministro de información, abastecimiento y fabricación de determinados medicamentos en la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Quinto. Priorización de la producción.

Quinto. Priorización de la producción.

El Ministro de Sanidad podrá ordenar la priorización de la fabricación de los medicamentos incluidos en el anexo I.

Asimismo, la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios podrá recabar de los fabricantes de medicamentos información sobre las operaciones de fabricación previstas.

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