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Legislación › Resolución de 20 de marzo de 2020, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, sobre la suspensión de plazos administrativos prevista en el Real Decreto 463/2020, relativo al estado de alarma.

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Conforme al artículo 39 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el presente acuerdo producirá efectos desde su aprobación, salvo en lo referido a la delegación, que producirá efectos desde la publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

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