Legislación › Orden TMA/311/2020, de 1 de abril, por la que se disponen medidas para la gestión del mantenimiento de los vehículos ferroviarios en la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
Artículo 1. Ámbito de aplicación.
Artículo 1. Ámbito de aplicación.
Esta orden será de aplicación a las entidades encargadas del mantenimiento y los centros de mantenimiento de todo tipo de vehículos ferroviarios, inscritos en un registro de vehículos y que circulen por la Red Ferroviaria de Interés General.


