Legislación › Orden APA/315/2020, de 1 de abril, por la que se establecen criterios de gestión de las posibilidades de pesca asignadas al Reino de España y se modifican determinadas órdenes ministeriales que regulan la actividad pesquera de las flotas que hacen uso de las mismas.
ANEXO I
Comparación entre la redacción en vigor desde el 3 de abril de 2020 y la del 4 de marzo de 2022.
Tachado: lo que se quitó (14 palabras). Subrayado: lo que se añadió (11 palabras).
Volver al texto en vigor
ANEXO I
Transmisión de posibilidades de pesca
Tipo de transmisión: Temporal □ ☐ Definitiva □ ☐ Condición especial □ ☐
Buque cedente
Nombre:
Código UE:
Titular: Armador:
Dirección del titular: armador:
Stock a transmitir y cuota disponible del mismo:
Cantidad de cuota (en kilogramos o porcentaje) que se transfiere:
Buque receptor
Nombre:
Código UE:
Titular: Armador:
Dirección del titular: armador:
Stock *Stock al que se transfiere la cuota *: cuota:
* Sólo en el caso de condición especial.
Firma del titular armador del buque cedente
·
Firma del titular armador del buque receptor
·
·
·
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 4 de marzo de 2022 En vigor | BOE-A-2022-3397 | Leer | Qué cambió |
| 3 de abril de 2020 | Texto original | Leer |


