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Legislación › Orden APA/315/2020, de 1 de abril, por la que se establecen criterios de gestión de las posibilidades de pesca asignadas al Reino de España y se modifican determinadas órdenes ministeriales que regulan la actividad pesquera de las flotas que hacen uso de las mismas.

ANEXO I

Comparación entre la redacción en vigor desde el 3 de abril de 2020 y la del 4 de marzo de 2022. Tachado: lo que se quitó (14 palabras). Subrayado: lo que se añadió (11 palabras). Volver al texto en vigor

ANEXO I
Transmisión de posibilidades de pesca
Tipo de transmisión: Temporal □ ☐ Definitiva □ ☐ Condición especial □ ☐
Buque cedente
Nombre:
Código UE:
Titular: Armador:
Dirección del titular: armador:
Stock a transmitir y cuota disponible del mismo:
Cantidad de cuota (en kilogramos o porcentaje) que se transfiere:
Buque receptor
Nombre:
Código UE:
Titular: Armador:
Dirección del titular: armador:
Stock *Stock al que se transfiere la cuota *: cuota:
* Sólo en el caso de condición especial.
Firma del titular armador del buque cedente
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Firma del titular armador del buque receptor
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Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
4 de marzo de 2022 En vigor BOE-A-2022-3397 Leer Qué cambió
3 de abril de 2020 Texto original Leer

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