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Legislación › Resolución de 2 de abril de 2020, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se establecen las instrucciones a las que habrán de ajustarse el contenido, estructura y formato del informe resumen, así como la solicitud del informe previo a la resolución de discrepancias y la remisión de información contable e informes de auditoría de cuentas anuales de las entidades del sector público local.

Disposición transitoria única.

Disposición transitoria única.

Los informes resumen o las solicitudes de informe previo a la resolución de discrepancia, que se remitan previamente a la puesta en funcionamiento de la aplicación web RICEL señalada en los apartados I y II anteriores, se enviarán a la Intervención General de la Administración del Estado a través del Registro electrónico.

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