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Legislación › Acuerdo Multilateral M324 en virtud de la sección 1.5.1 del Acuerdo europeo sobre transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera (ADR) relativo a los certificados de formación de los conductores de conformidad con el punto 8.2.2.8.2 del ADR y los certificados de consejeros de seguridad de conformidad con el punto 1.8.3.7 del ADR, hecho en Madrid el 23 de marzo de 2020.

no

El presente Acuerdo es válido hasta el 1 de diciembre de 2020, según establece el punto (3), por lo que debe entenderse que ha perdido su vigencia.

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