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Legislación › Acuerdo Internacional

Acuerdo Multilateral RID 2/2020 en virtud de la Sección 1.5.1 del Reglamento del Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Ferrocarril (RID), relativo a inspecciones periódicas o intermedias de cisternas de conformidad con los apartados 6.8.2.4.2, 6.8.2.4.3, 6.8.3.4.6, 6.8.3.4.12, 6.9.5.2 y 6.10.4 del RID, hecho en Madrid el 25 de marzo de 2020.

Derogada o sin vigencia Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación · Publicada el 10 de abril de 2020 · Último cambio el 10 de abril de 2020 · Ver en el BOE

Índice

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  2. pa
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