Legislación › Acuerdo Especial Multilateral RID 3/2020 en virtud de la Sección 1.5.1 del Reglamento del Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Ferrocarril (RID), relativo a la inspección periódica y ensayo de recipientes a presión para el transporte de gases de la Clase 2, hecho en Madrid el 2 de abril de 2020.
no
El presente Acuerdo es válido hasta el 31 de agosto de 2020, según establece el punto 4, por lo que debe entenderse que ha perdido su vigencia.


