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Legislación › Ley 10/2019, de 23 de diciembre, de puertos y de transporte en aguas marítimas y continentales.

Artículo 78. Medios para la prevención y la lucha contra la contaminación.

Artículo 78. Medios para la prevención y la lucha contra la contaminación.

1. Los puertos de la Generalidad deben cumplir la legislación aplicable en materia de cambio climático en cuanto a la prevención y la lucha contra la contaminación.

2. Todo aquel que disponga de un título habilitante para llevar a cabo actividades en el dominio público portuario debe contar con medios suficientes para la prevención y lucha contra la contaminación accidental, en las condiciones establecidas por la Administración portuaria en los títulos habilitantes otorgados.

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