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Legislación › Real Decreto-ley 15/2020, de 21 de abril, de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo.

Disposición final decimotercera. Entrada en vigor.

Disposición final decimotercera. Entrada en vigor.

1. El presente real decreto-ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

2. La modificación introducida por el presente real decreto-ley en la letra f) del apartado 4 del artículo 4 del Real Decreto-ley 5/2015, de 30 de abril, de medidas urgentes en relación con la comercialización de los derechos de explotación de contenidos audiovisuales de las competiciones de fútbol profesional, será de aplicación a los contratos de comercialización de los derechos de explotación de contenidos audiovisuales a que se refiere el artículo 1 del mismo que se celebren a partir de la entrada en vigor del presente real decreto-ley.

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