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Legislación › Orden INT/369/2020, de 24 de abril, por la que se adoptan medidas excepcionales en materia de formación permanente de los vigilantes de seguridad y vigencia de las tarjetas de identidad profesional del personal de seguridad privada.

Artículo 2. Prórroga de la vigencia de la tarjeta de identidad profesional del personal de seguridad privada.

Artículo 2. Prórroga de la vigencia de la tarjeta de identidad profesional del personal de seguridad privada.

Las tarjetas de identidad profesional del personal de seguridad privada cuya vigencia venza durante el estado de alarma y sus sucesivas prórrogas, quedarán automáticamente prorrogadas hasta seis meses después de su finalización.

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