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Orden SND/386/2020, de 3 de mayo, por la que se flexibilizan determinadas restricciones sociales y se determinan las condiciones de desarrollo de la actividad de comercio minorista y de prestación de servicios, así como de las actividades de hostelería y restauración en los territorios menos afectados por la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
Derogada o sin vigencia Ministerio de Sanidad · Publicada el 3 de mayo de 2020 · Último cambio el 9 de mayo de 2020 · Ver en el BOE
Índice
- no
- [preambulo]
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- CAPÍTULO II
- Artículo 3. Contacto social en grupos reducidos.
- Artículo 4. Uso de vehículos privados.
- Artículo 5. Velatorios y entierros.
- Artículo 6. Lugares de culto.
- CAPÍTULO III
- Artículo 7. Reapertura de los establecimientos y locales comerciales minoristas y de prestación de servicios asimilados.
- Artículo 8. Medidas de higiene exigibles a los establecimientos y locales con apertura al público.
- Artículo 9. Medidas de higiene y/o de prevención para el personal trabajador de los establecimientos y locales que abran al público.
- Artículo 10. Medidas relativas a la higiene de los clientes en el interior de establecimientos y locales y en los mercados al aire libre o de venta no sedentaria en la vía pública.
- Artículo 11. Medidas en materia de aforo para los establecimientos y locales abiertos al público.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 12. Reapertura de las terrazas de los establecimientos de hostelería y restauración.
- Artículo 13. Medidas de higiene y/o prevención en la prestación del servicio en terrazas.
- Artículo 14. Medidas de higiene y/o de prevención para el personal trabajador.
- Disposición final primera. Régimen de recursos.
- Disposición final segunda. Planes específicos de seguridad y/o protocolos organizativos en materia de comercio minorista y las actividades de hostelería y restauración.
- Disposición final tercera. Efectos y vigencia.
- [firma]


