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Real Decreto 500/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

Derogada o sin vigencia Ministerio de Política Territorial y Función Pública · Publicada el 5 de mayo de 2020 · Último cambio el 22 de mayo de 2024 · Ver en el BOE

Índice

  1. no
  2. [preambulo]
  3. Artículo 1. Organización general del Departamento. 2 redacciones · cambió el 25/03/2021
  4. Artículo 2. La Secretaría de Estado de Energía. 2 redacciones · cambió el 06/07/2022
  5. Artículo 2 bis. Comisionado para el Impulso de la Energía Sostenible en Sistemas Insulares.
  6. Artículo 3. Dirección General de Política Energética y Minas.
  7. Artículo 4. Secretaría de Estado de Medio Ambiente. 3 redacciones · cambió el 06/04/2022
  8. Artículo 5. Dirección General del Agua.
  9. Artículo 6. Oficina Española del Cambio Climático.
  10. Artículo 7. Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental. 2 redacciones · cambió el 25/03/2021
  11. Artículo 8. Dirección General de la Costa y el Mar.
  12. Artículo 9. Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación. 3 redacciones · cambió el 06/04/2022
  13. Artículo 10. Secretaría General para el Reto Demográfico.
  14. Artículo 11. Dirección General de Políticas contra la Despoblación.
  15. Artículo 12. Subsecretaría para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. 3 redacciones · cambió el 06/07/2022
  16. Artículo 13. Secretaría General Técnica.
  17. Artículo 14. Dirección General de Servicios. 2 redacciones · cambió el 06/07/2022
  18. Disposición adicional primera. Delegación de competencias.
  19. Disposición adicional segunda. Unidades de supervisión de proyectos.
  20. Disposición adicional tercera. Supresión de órganos.
  21. Disposición adicional cuarta. Referencias a órganos suprimidos.
  22. Disposición adicional quinta. Consolidación de las Unidades TIC.
  23. Disposición adicional sexta. Órganos colegiados.
  24. Disposición adicional séptima. Organismo Autónomo Parques Nacionales (OAPN). 3 redacciones · cambió el 06/04/2022
  25. Disposición adicional octava. Suplencia de los titulares de los órganos directivos.
  26. Disposición adicional novena. Consejerías del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico en el exterior.
  27. Disposición adicional décima. Cambio de denominación del Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras.
  28. Disposición transitoria primera. Subdirecciones Generales suprimidas.
  29. Disposición transitoria segunda. Unidades y puestos de trabajo con nivel orgánico inferior a subdirección general.
  30. Disposición transitoria tercera. Subsistencia de órganos del Instituto para la Transición Justa.
  31. Disposición transitoria cuarta. Servicios meteorológicos de apoyo a la navegación aérea.
  32. Disposición transitoria quinta. Integración de personal y medios prevista en la disposición adicional sexta de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
  33. Disposición transitoria sexta. Ejercicio de la función del apartado 2.e) de la disposición adicional octava de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
  34. Disposición transitoria séptima. Ejercicio de las funciones de Autoridad Administrativa principal y órgano de gestión principal CITES. 2 redacciones · cambió el 10/12/2021
  35. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
  36. Disposición final primera. Modificación del Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
  37. Disposición final segunda. Estatuto del Instituto para la Transición Justa.
  38. Disposición final tercera. Facultades de desarrollo y ejecución.
  39. Disposición final cuarta. Autorización para la modificación de las funciones de supervisión de proyectos.
  40. Disposición final quinta. Entrada en vigor.
  41. [firma]