Legislación › Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal.
Artículo 130. Supresión o reducción del derecho a la retribución de los administradores de la persona jurídica concursada.
Artículo 130. Supresión o reducción del derecho a la retribución de los administradores de la persona jurídica concursada.
Si el cargo de administrador de la persona jurídica fuera retribuido, el juez del concurso podrá acordar que deje de serlo o reducir la cuantía de la retribución a la vista del contenido y la complejidad de las funciones de administración y de la importancia de la masa activa.


