Legislación › Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal.
Artículo 341. Traslado de la propuesta de convenio.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de septiembre de 2020 y la del 26 de septiembre de 2022.
Tachado: lo que se quitó (38 palabras). Subrayado: lo que se añadió (11 palabras).
Volver al texto en vigor
Artículo 341. Traslado de la propuesta de convenio.
1. El Letrado letrado de la Administración de Justicia dará traslado de la propuesta o propuestas presentadas a las partes personadas en el concurso de la propuesta o propuestas presentadas. procedimiento.
2. En el caso de propuesta anticipada de convenio, el traslado se efectuará en cada una de las resoluciones por las que se tenga por personados a los interesados. El traslado de la propuesta o propuestas no procederá a aquellos acreedores que se hubieran adherido a la
3.propuesta. misma.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 26 de septiembre de 2022 En vigor | BOE-A-2022-14580 | Leer | Qué cambió |
| 1 de septiembre de 2020 | Texto original | Leer |


