Legislación › Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal.
Artículo 697. Presentación del plan de continuación.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de septiembre de 2020 y la del 1 de enero de 2023.
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Artículo 697. Acciones Presentación del plan de reintegración. continuación.
1. Declarado el concurso consecutivo a un acuerdo El plan de refinanciación que hubiera sido declarado nulo serán rescindibles los actos perjudiciales para la masa activa realizados continuación podrá ser presentado por el deudor dentro de o por los dos años anteriores a la fecha de acreedores con la declaración solicitud de concurso, así como apertura del procedimiento especial o en los realizados durante diez días hábiles siguientes a la fase de cumplimiento declaración de ese acuerdo. apertura del procedimiento especial.
2. Declarado el concurso consecutivo a un acuerdo extrajudicial La falta de pagos que hubiera sido o fuera declarado nulo o que no reúna los requisitos establecidos presentación del plan de continuación en esta ley serán rescindibles los actos perjudiciales para la masa activa realizados por el deudor desde plazo señalado supone la solicitud de nombramiento automática conversión del procedimiento en uno de mediador concursal. liquidación, salvo que el
3. Declarado el concurso consecutivo también podrán impugnarse, medianteejercicio deudor no se encontrase en situación de cualesquiera otras acciones que procedan insolvencia actual, en cuyo caso podrá plantear oposición conforme al derecho general, a lo dispuesto en los actos apartados 4 y 5 del deudor anteriores a artículo 693. La resolución del juez estimando la declaración, así como los realizados durante oposición del deudor supondrá la fase de cumplimiento conclusión del acuerdo. procedimiento especial.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2023 En vigor | BOE-A-2022-14580 | Leer | Qué cambió |
| 1 de septiembre de 2020 | Texto original | Leer |


