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Legislación › Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal.

Artículo 624. bis. Créditos de derecho público.

Artículo 624. bis. Créditos de derecho público.

Los créditos de derecho público constituirán una clase separada entre las clases de su mismo rango concursal.

Se añade por el art. único.152 de la Ley 16/2022, de 5 de septiembre. BOE-A-2022-14580

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