Legislación › Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal.
Artículo 632. Régimen especial de la conversión en acciones o participaciones sociales.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de septiembre de 2020 y la del 26 de septiembre de 2022.
Tachado: lo que se quitó (28 palabras). Subrayado: lo que se añadió (36 palabras).
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Artículo 632. Presupuesto Régimen especial para el deudor persona natural. de la conversión en acciones o participaciones sociales.
Si el deudor fuera persona natural, será necesario que A los efectos de la estimación inicial del valor del pasivo no sea superior a cinco millones conversión de euros. créditos en acciones o participaciones sociales, con o sin prima, se entenderá que los créditos a compensar son líquidos, vencidos y exigibles.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 26 de septiembre de 2022 En vigor | BOE-A-2022-14580 | Leer | Qué cambió |
| 1 de septiembre de 2020 | Texto original | Leer |


