Legislación › Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal.
Artículo 653. Impugnación de la homologación.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de septiembre de 2020 y la del 26 de septiembre de 2022.
Tachado: lo que se quitó (25 palabras). Subrayado: lo que se añadió (25 palabras).
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Artículo 653. Actuaciones notariales y registrales. Impugnación de la homologación.
Si el deudor fuera persona natural no empresario, las actuaciones notariales o registrales descritas El auto de homologación del plan de reestructuración podrá ser impugnado ante la Audiencia Provincial en este capítulo no devengarán retribución arancelaria alguna. los términos previstos en esta sección.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 26 de septiembre de 2022 En vigor | BOE-A-2022-14580 | Leer | Qué cambió |
| 1 de septiembre de 2020 | Texto original | Leer |


