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Legislación › Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal.

Artículo 658. Tramitación de la impugnación.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de septiembre de 2020 y la del 26 de septiembre de 2022. Tachado: lo que se quitó (50 palabras). Subrayado: lo que se añadió (155 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 658. Aplazamientos o fraccionamientos anteriores. Tramitación de la impugnación.
1. Los aplazamientos y fraccionamientos Todas las impugnaciones se tramitarán conjuntamente por los trámites del incidente concursal. En todo caso, al escrito de pago impugnación se acompañará copia del auto de las deudas tributarias o homologación.
2. La impugnación se interpondrá ante la Audiencia Provincial. Si la impugnación hubiera sido formulada dentro
de seguridad social en plazo, el letrado de la Administración de Justicia acordará mediante decreto su día concedidos admisión a trámite y vigentes lo comunicará al órgano jurisdiccional que hubiera dictado el auto impugnado a la fecha de presentación los efectos de que este remita las actuaciones a la solicitud continuarán surtiendo plenos efectos.
2. En
Audiencia Provincial en el plazo de cinco días. En caso de que, junto con que la impugnación fuera extemporánea, el aplazamiento o del fraccionamiento letrado de las nuevas deudas, se solicitase la modificación Administración de las condiciones Justicia dará cuenta a la Sala, que declarará mediante auto la inadmisión de los ya concedidos, la solicitud impugnación. Contra este auto podrá interponerse recurso de queja, que se tramitará conjuntamente. conforme a lo establecido en la legislación procesal civil.
3. De las impugnaciones presentadas se dará traslado al deudor y a los acreedores adheridos al plan de reestructuración, para que puedan oponerse a la impugnación en un plazo de quince días.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
26 de septiembre de 2022 En vigor BOE-A-2022-14580 Leer Qué cambió
1 de septiembre de 2020 Texto original Leer

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