Legislación › Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal.
Artículo 734. Legitimación.
Artículo 734. Legitimación.
Están legitimados para solicitar la declaración de un concurso territorial:
1.º Cualquier persona legitimada para solicitar la declaración de concurso con arreglo a esta ley.
2.º El representante del procedimiento extranjero principal.


