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Legislación › Real Decreto 401/2020, de 25 de febrero, por el que se regula la Comisión Española de Geodesia y Geofísica.

Artículo 7. Presidencia de la Comisión.

Artículo 7. Presidencia de la Comisión.

La persona que ejerce la Presidencia tiene las siguientes atribuciones:

a) Acordar la convocatoria, presidir las sesiones y moderar los debates.

b) Velar por la ejecución de los acuerdos de la Comisión.

c) Designar las Secciones y los grupos de estudio que hayan de presentar, como ponentes, cualquier trabajo relacionado con los fines especificados en el artículo 2.a).

d) Autorizar las comunicaciones o documentos que procedan de la actividad de la Comisión.

e) Resolver las cuestiones de carácter administrativo que exijan una decisión inmediata o las que haya delegado la Comisión.

f) Velar por el exacto cumplimiento de esta norma.

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