Legislación › Orden SND/404/2020, de 11 de mayo, de medidas de vigilancia epidemiológica de la infección por SARS-CoV-2 durante la fase de transición hacia una nueva normalidad.
ANEXO IV
ANEXO IV
Remisión de datos por las personas responsables de los laboratorios autorizados en España
La siguiente información será remitida por las personas responsables de los laboratorios autorizados en España para la realización de pruebas diagnósticas de COVID-19 mediante PCR o pruebas moleculares, según el formato y sistema de transmisión habilitado facilitado por el Ministerio de Sanidad. Si la Consejería de Sanidad contara con la capacidad de extraer estos datos de todos los laboratorios de su competencia, podrá ser quien realice la remisión al Ministerio.
Esta información se actualizará diariamente antes de las 12:00 horas.
De cada prueba realizada se consignará la siguiente información:
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Información |
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Identificador del paciente. |
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Origen de la indicación de la prueba (AP, AE, Otros). |
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Fecha de nacimiento. |
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Sexo. |
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Tipo de prueba (PCR, otra prueba molecular). |
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Fecha de realización de la prueba. |
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Resultado prueba. |


