LexTotal

Legislación › Orden DEF/420/2020, de 14 de mayo, por la que se aprueban las normas por las que han de regirse los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación para la incorporación o adscripción a las escalas de oficiales y a las escalas técnicas de los Cuerpos de Ingenieros Politécnicos del Ejército de Tierra y de los Cuerpos de Ingenieros de la Armada y del Ejército del Aire.

ANEXO II

ANEXO II

Valoración del concurso para la forma de ingreso por promoción para cambio de escala o cuerpo

1. Méritos militares Puntos Observaciones

a) Tiempos de servicios.

Se considerarán meses completos despreciando los días que no lleguen a constituir un mes en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.

0,05/mes. Como militar profesional. La puntuación no podrá superar los 3 puntos.
0,02/mes. Como reservista voluntario. La puntuación no podrá superar 1,2 puntos.
La puntuación máxima por tiempo de servicios no podrá superar los 4 puntos.

b) Tiempo en operaciones en el extranjero y misiones para el mantenimiento de la paz.

0,50/mes Se considerarán meses completos despreciando los días que no lleguen a constituir un mes en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
La puntuación máxima por tiempo en operaciones en el extranjero y misiones para el mantenimiento de la paz no podrá superar los 5 puntos.
c) Recompensas Militares. Por cada una.
Cruz Mérito Militar, Naval o Aeronáutico con distintivo rojo. 7
Cruz Mérito Militar, Naval o Aeronáutico con distintivo azul o amarillo. 5,5
Cruz Mérito Militar, Naval o Aeronáutico con distintivo blanco. 5
Citación como distinguido en la Orden General. 4
Cruz a la constancia en el servicio/Cruz de la Real y Militar Orden de San Hermenegildo. 2
Mención honorífica. 1 Las menciones honoríficas no computarán cuando hayan supuesto la obtención de una Cruz por acumulación.
Felicitaciones por escrito anotadas en el apartado de la hoja de servicios «Felicitaciones recibidas por el personal». 0,5 Código FE del Sistema de Información del Personal del Ministerio de Defensa (SIPERDEF).
Condecoraciones militares extranjeras (mérito individual en conflictos armados). 5
Condecoraciones extranjeras. 1 La del mérito individual en conflictos armados no se valorará en este apartado.
La puntuación máxima por recompensas militares no podrá superar los 18 puntos.
d) Condecoraciones de la Guardia Civil. Por cada una.
Cruz con distintivo rojo de la Orden del Mérito. 4
Cruz de plata de la Orden del Mérito. 3
Cruz con distintivo blanco de la Orden del Mérito. 2
La puntuación máxima por condecoraciones de la Guardia Civil no superará los 4 puntos.
e) Informes personales de calificación.

Por cada:

– «A»: 9,5 puntos;

– «B»: 8,5 puntos,

– «C»: 7,5 puntos;

– «D»: 6,5 puntos;

– «E»: 4 puntos.

El resultado final se multiplicará por 2.

Se valorará la nota global de las calificaciones de los dos últimos años o, en su defecto, las dos últimas disponibles. La puntuación se obtendrá de su media aritmética aplicando la tabla de equivalencias señalada en la columna anterior.

Si por razones justificadas solamente se dispusiera de una calificación, se tomará la nota global de ésta.

Lo indicado anteriormente no será de aplicación a aquellos aspirantes que, en alguno de los informes, tengan cinco o más valoraciones con «E»; en este caso, se restarán 10 puntos a la puntuación obtenida en los méritos militares. De obtenerse una calificación negativa, a efectos de cómputo se considerará de cero. En el caso de aportar algún informe con calificaciones numéricas, el resultado obtenido se adaptará a una escala comprendida entre 4 y 9,5 puntos.

La puntuación máxima que se puede obtener en Informes Personales de Calificación es de 19 puntos.
Puntuación máxima por méritos militares. La puntuación máxima que se puede obtener en la valoración de los méritos militares es de 50 puntos.
2. Méritos académicos Puntos Observaciones
a) Titulación universitaria exigida como requisito en la correspondiente convocatoria de entre las que figuran para los cuerpos de ingenieros en el anexo II del Reglamento de ingreso y promoción y de ordenación de la enseñanza de formación en las Fuerzas Armadas o las que determina, también para los cuerpos de ingenieros, la Orden DEF/1097/2012, de 24 de mayo, modificada por la Orden DEF/853/2014, de 21 de mayo, sobre titulaciones requeridas para ingresar en los centros docentes militares de formación para el acceso a las diferentes escalas de oficiales y suboficiales de las Fuerzas Armadas. Los títulos deberán tener carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, según el Registro de universidades, centros y títulos.

Entre (5 y 10) x F

El valor multiplicador F será el siguiente:

– Para las titulaciones universitarias establecidas con primera prioridad en la convocatoria: F=1,8.

– Para titulaciones con otra prioridad: F=1,2

– Para titulaciones universitarias sin prioridad: F=1.

En el caso de los másteres habilitantes, se tendrán en cuenta también los créditos del título de grado. Para el cálculo se empleará la siguiente tabla de equivalencias: Aprobado multiplicará por 6; Notable multiplicará por 8; Sobresaliente multiplicará por 9, Matrícula de honor, multiplicará por 10.

En el caso de aportar calificaciones numéricas, se considerará aprobado las calificaciones comprendidas entre 5 y 6,9; notable las comprendidas entre 7 y 8,9; y sobresaliente las comprendidas entre 9 y 9,9; Matrícula de honor, multiplicará por 10.

La media del expediente académico será el resultado de la aplicación de la siguiente fórmula: suma de los créditos obtenidos multiplicados cada uno de ellos por el valor de las calificaciones que correspondan y dividida por el número de créditos totales.

En planes de estudios no estructurados en créditos la valoración se calculará por la suma de las asignaturas, multiplicando cada una de ellas por el valor de la calificación obtenida, dividida por el número total de asignaturas.

Sólo se valorará un título.

La puntuación máxima por titulación universitaria no podrá superar los 18 puntos.
b) Título de máster (*). 5 Sólo se valorará un título y siempre que no haya sido el valorado en el apartado anterior.
c) Título de Doctor (*). 7 Solo se valorará un título.
d) Idioma inglés. Los certificados acreditativos de los diferentes niveles deberán estar expedidos de acuerdo con el Real Decreto 1041/2017, de 22 de diciembre, por el que se fijan las exigencias mínimas del nivel básico a efectos de certificación, se establece el currículo básico de los niveles Intermedio B1, Intermedio B2, Avanzado C1 y Avanzado C2, de las Enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se establecen las equivalencias entre las Enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas en diversos planes de estudios y las de este real decreto.
SLP 3.3.3.3. o superior. 5
SLP Superior a 2.2.2.2. en al menos dos rasgos. 3
La puntuación en idioma inglés no podrá superar los 5 puntos.
Puntuación máxima por méritos académicos. La puntuación máxima que se puede obtener en la valoración de los méritos académicos es de 35 puntos.
La puntuación máxima que se puede obtener en la fase de concurso es de 85 puntos.

(*) Solo se puntuarán los títulos inscritos en el Registro de Universidades, Centros y Títulos, dentro de la rama de conocimiento de Ingeniería y Arquitectura.

← Decimotercera Índice