Legislación › Decreto-ley 6/2020, de 12 de marzo, de medidas urgentes en materia asistencial, presupuestaria, financiera, fiscal y de contratación pública, con el fin de paliar los efectos de la pandemia generada por el coronavirus SARS-CoV-2.
Artículo 5. Previsiones en materia de contratación.
Artículo 5. Previsiones en materia de contratación.
El Gobierno de la Generalidad, mediante un acuerdo debe determinar los servicios y suministros que, por ser esenciales con el fin de llevar a cabo la lucha contra la pandemia del SARS-CoV-2, pueden hacer uso del mecanismo de la contratación de emergencia previsto en la vigente normativa reguladora de los contratos de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, y el resto de normativa que sea de aplicación.


