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Legislación › Orden SND/439/2020, de 23 de mayo, por la que se prorrogan los controles en las fronteras interiores terrestres, aéreas y marítimas con motivo de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Disposición final cuarta. Entrada en vigor y efectos.

Disposición final cuarta. Entrada en vigor y efectos.

Esta orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y producirá efectos desde las 00:00 horas del 24 de mayo de 2020 y hasta finalizar la vigencia del estado de alarma y de sus posibles prórrogas o hasta que concurran circunstancias que justifiquen una nueva orden que modifique los términos de la presente.

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