Legislación › Instrucción de 28 de mayo de 2020, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, sobre levantamiento de la suspensión de plazos administrativos.
Quinto.
Quinto.
En las solicitudes de calificación sustitutoria y en los recursos contra la calificación registral, si esta no hubiese sido notificada al interesado, el plazo de diez días establecido al efecto en el artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se computará a partir del 1 de junio de 2020.


