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Legislación › Decreto-ley 13/2020, de 21 de abril, por el que se adoptan medidas urgentes de carácter estructural y organizativo, así como medidas en el ámbito de las entidades del sector público de la Administración de la Generalidad.

Artículo 1.

Artículo 1.

1. En este artículo se especifica el ámbito de aplicación del capítulo IV del Decreto-ley 12/2020, de 10 de abril, por el que se adoptan medidas presupuestarias, en relación con el Sistema sanitario integral de utilización pública de Cataluña, en el ámbito tributario y en la estructura de la Administración de la Generalidad, para paliar los efectos de la pandemia generada por la COVID-19.

Con el fin de hacer frente a la situación coyuntural generada por la pandemia de la COVID-19 en el ámbito de los centros de servicios sociales de carácter residencial, el Departamento de Salud asume, para paliar sus efectos, las competencias en materia de intervención e información de centros de servicios sociales de carácter residencial que corresponden a la Dirección General de la Autonomía Personal y la Discapacidad.

Las competencias asumidas por el Departamento de Salud en materia de centros de servicios sociales de carácter residencial se circunscriben exclusivamente a las tipologías de servicios de la Cartera de Servicios Sociales:

a) Personas mayores:

a.1 Servicio de hogar residencia para personas mayores de carácter temporal o permanente.

a.2 Servicios de residencia asistida para personas mayores de carácter temporal o permanente.

b) Discapacidad intelectual:

b.1 Servicios de hogar residencia temporal o permanente para personas con discapacidad intelectual.

b.2 Servicios de centro residencial temporal o permanente para personas con discapacidad intelectual.

c) Discapacidad física:

c.1 Servicios de hogar residencia temporal o permanente para personas con discapacidad física.

c.2 Servicios de centro residencial temporal o permanente para personas con discapacidad física.

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