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Legislación › Decreto-ley 13/2020, de 21 de abril, por el que se adoptan medidas urgentes de carácter estructural y organizativo, así como medidas en el ámbito de las entidades del sector público de la Administración de la Generalidad.

Disposición adicional sexta. Devolución de fianzas en el ámbito de la gestión de residuos.

Disposición adicional sexta. Devolución de fianzas en el ámbito de la gestión de residuos.

1. Las personas titulares de actividades de gestión de residuos que no estén obligadas a disponer de una fianza, en los términos establecidos en la letra b del artículo 24.1 del texto refundido de la Ley reguladora de los residuos, aprobado por el Decreto legislativo 1 / 2009, de 21 de julio, pueden solicitar su devolución a la Agencia de Residuos de Cataluña.

2. En caso de que se trate de actividades de gestión de residuos no peligrosos y peligrosos, se devolverá únicamente el importe de la fianza que corresponda a la gestión de residuos no peligrosos.

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