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Legislación › Resolución de 3 de junio de 2020, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se publican diversas medidas que afectan a las actividades de juego de la ONCE, como consecuencia de la aprobación del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

ANEXO 2

ANEXO 2

Acuerdo CEP.11(E)/2020-1.3, de 22 de mayo, de la Comisión Ejecutiva Permanente del Consejo General de la ONCE, «Toma de conocimiento y ratificación de la Resolución 54/2020 del Director General de la ONCE»

«1.º El presente acuerdo se adopta en razón de la excepcional situación causada por la crisis del COVID-19 en la ONCE y en el marco del bloque de acuerdos aprobados por esta causa.

2.º Se toma conocimiento y se ratifica en todos sus extremos la resolución 54/2020 del Director General de la ONCE, que se adjunta como anexo, sobre el pago de los premios no caducados correspondientes a los sorteos de los productos de la modalidad de lotería denominada "Juego Activo de la ONCE" celebrados hasta el 15 de marzo de 2020, y el reembolso del precio de los boletos de productos de esta modalidad de lotería correspondientes a sorteos no celebrados desde el 16 de marzo de 2020.

3.º Trasladar el presente acuerdo a la Comisión Permanente del Consejo de Protectorado para su conocimiento y efectos oportunos.»

ANEXO AL ACUERDO CEP.11(E)/2020-1.3, de 22 de mayo

Resolución núm. 54/2020, del Director General de la ONCE, sobre el pago de los premios no caducados correspondientes a los sorteos de los productos de la modalidad de lotería denominada «Juego activo de la ONCE» celebrados hasta el 15 de marzo de 2020 y el reembolso del precio de los boletos de productos de esta modalidad de lotería correspondientes a sorteos no celebrados desde el 16 de marzo de 2020

«1.º Mediante Acuerdo CEP.9(E)/2020-1, de 14 de mayo, la Comisión Ejecutiva Permanente del Consejo General aprobó el Plan de reactivación de las actividades operativas y comerciales de la venta de productos de lotería por los canales principal y complementario, y de puesta en marcha de los sorteos del cupón y de juego activo, y asimismo facultó al Director General para la ejecución material y gestión de los asuntos operativos del citado Acuerdo, en los términos que se recogen en el mismo.

2.º La presente Resolución se adopta en ejercicio de las facultades conferidas al Director General en el Acuerdo CEP.9(E)/2020-1, de 14 de mayo.

3.º En consecuencia, en ejecución del referido Acuerdo, se adoptan las siguientes decisiones, todas ellas con efectos desde el lunes 25 de mayo de 2020, incluido:

a) Los premios correspondientes a los sorteos de los productos de la modalidad de lotería "Juego Activo de la ONCE" celebrados hasta el día 15 de marzo de 2020, incluido, cuyo periodo de cobro no hubiera caducado a dicha fecha, se podrán presentar al cobro en los establecimientos contemplados en el artículo 2 de su Reglamento Regulador (Canal Físico Complementario) y en las entidades de crédito colaboradoras. El plazo para el cobro de dichos premios se extenderá hasta el 31 de julio de 2020.

b) El reembolso o el canje por otros productos de lotería del precio de los boletos correspondientes a los sorteos de productos de la modalidad de lotería denominada "Juego Activo de la ONCE" no celebrados desde el día 16 de marzo de 2020, incluido, se podrá solicitar en los establecimientos contemplados en el artículo 2 de su Reglamento regulador (Canal Físico Complementario). El plazo para el reembolso o el canje del precio se extenderá hasta el 31 de julio de 2020.

c) Los premios correspondientes a los boletos emitidos por Terminal Punto de Venta de los sorteos del producto de juego activo "Eurojackpot" celebrados desde el 20 de marzo hasta el 17 de abril de 2020, ambos incluidos, se podrán presentar al cobro en los establecimientos contemplados en el artículo 2 de su Reglamento Regulador (Canal Físico Complementario) y en las entidades colaboradoras. El plazo para el cobro de dichos premios se extenderá hasta el 31 de julio de 2020.

d) Se procederá al pago de los premios de cualquier producto adquirido a través de la Web oficial de juego de la ONCE (www.juegosonce.es) correspondientes a los sorteos celebrados hasta el 15 de marzo de 2020, incluido, que estuvieran pendientes de pago a dicha fecha.

e) Se procederá al reembolso del precio de cualquier producto adquirido a través de la Web oficial de juego de la ONCE (www.juegosonce.es) correspondientes a sorteos no celebrados desde el 16 de marzo de 2020, incluido.

4.º A los premios de los sorteos de productos de la modalidad de lotería denominada "Juego Activo de la ONCE" celebrados desde el lunes 25 de mayo de 2020, incluído, les será de aplicación el período de caducidad contemplado en el artículo 23 de su Reglamento regulador.

5.º Con efectos del lunes 25 de mayo de 2020, quedan sin efecto los apartados de las Resoluciones del Director General números 33/2020, de 15 de marzo, y 37/2020, de 20 de marzo, que resulten total o parcialmente modificados por las decisiones que se adoptan en la presente Resolución.

6.º Publicar la presente Resolución en la Web oficial de la ONCE (www.once.es) y en Web oficial de juego de la ONCE (www.juegosonce.es).

7.º Dar cuenta de esta Resolución de forma urgente a la Comisión Ejecutiva Permanente del Consejo General, para su conocimiento y ratificación, y para su traslado a la Comisión Permanente del Consejo de Protectorado.»

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