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Legislación › Decreto-ley 19/2020, de 19 de mayo, de medidas complementarias en materia social y sanitaria para paliar los efectos de la pandemia generada por COVID-19.

Artículo 5. Medida excepcional con respecto a las causas de disolución.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 21 de mayo de 2020 y la del 25 de noviembre de 2020. Tachado: lo que se quitó (49 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 5. Medida excepcional con respecto a las causas de disolución.
A los exclusivos efectos de determinar la concurrencia de la causa de disolución prevista en el artículo 102.1.e) de la Ley de Cooperativas, no se tomará en consideración para el cómputo del plazo previsto el ejercicio cerrado en el año en que se haya declarado el estado de alarma. (Derogado)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
25 de noviembre de 2020 En vigor BOE-A-2021-758 Leer Qué cambió
21 de mayo de 2020 Texto original Leer

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