Legislación › Orden ETD/9/2020, de 16 de enero, por la que se dispone la creación de Deuda del Estado durante el año 2020 y enero de 2021.
Artículo 17. Contabilización de operaciones y gastos.
Artículo 17. Contabilización de operaciones y gastos.
Los ingresos y gastos originados por la emisión y el reembolso de la Deuda del Estado a la que esta orden se refiere y demás conexos se aplicarán a los Presupuestos del Estado según lo dispuesto en el artículo 96 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre. Los gastos se aplicarán a los Programas 951M y 951N del Presupuesto en vigor.


