Legislación › Orden CUD/582/2020, de 26 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas estatales para la producción de largometrajes y de cortometrajes y regula la estructura del Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales.
Artículo 27. Resolución y modificación de los proyectos beneficiarios.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de julio de 2020 y la del 19 de junio de 2025.
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Artículo 27. Resolución. Resolución y modificación de los proyectos beneficiarios.
1. El plazo máximo para dictar y notificar publicar las resoluciones de los procedimientos de selección será de 4 seis meses desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria, salvo que la misma posponga sus efectos a una fecha posterior.
2. En dichas resoluciones se incluirá el nombre Las empresas beneficiarias de las personas beneficiarias ayudas podrán introducir modificaciones que supongan una reducción no tendrán que presentar el proyecto definitivo por tener acreditado superior al 30 % del presupuesto conforme al cual hubieran obtenido la ayuda, incluidos los gastos relativos a copias, publicidad y promoción, así como mínimo los relativos a intereses pasivos y gastos de negociación de préstamos oficiales, siempre que se mantenga el 70 % cumplimiento de la financiación del proyecto teniendo los requisitos establecidos en cuenta los artículos 11.1 y 23.1.
Las modificaciones que impliquen una reducción del presupuesto superior al citado porcentaje darán lugar a la acreditación efectuada con revocación de la solicitud ayuda y a la ayuda otorgada. exigencia de su reintegro.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 19 de junio de 2025 En vigor | BOE-A-2025-12392 | Leer | Qué cambió |
| 1 de julio de 2020 | Texto original | Leer |


