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Legislación › Orden CUD/582/2020, de 26 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas estatales para la producción de largometrajes y de cortometrajes y regula la estructura del Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales.

ANEXO

ANEXO

Baremo para la acreditación del carácter cultural de la obra que se acoja al incentivo fiscal regulado en el artículo 36.2 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades

I. Producciones de imagen real (puntuación mínima requerida: 15)

Puntuación máxima

35

I. A Contenido Cultural. 18
A.1 Al menos 5 escenas de la producción están ambientadas en España, en otro país del Consejo de Europa, en un país hispanohablante (entendiendo por tal, y en lo sucesivo, el país donde el español o el castellano es la lengua oficial) o en una localización fantástica, imaginaria o que no pueda ser determinada. 6  
A.2 Al menos un personaje protagonista o principal es español o de otro país del Consejo de Europa, de un país hispanohablante o de una nacionalidad que no se puede determinar. 3  
A.3 Al menos 2 localizaciones representativas y reconocibles como España, sirven como el escenario de una escena cada una. 4  
A.4 La trama refleje el patrimonio artístico o cultural, la realidad social o un periodo histórico relevante, así como personajes o lugares míticos. 4  
A.5 El argumento o la historia está inspirado o es una adaptación de una obra existente de ficción o de no-ficción (por ejemplo, un libro, cómic, película, programa de televisión, ópera, obra de teatro, videojuego). 4  
A.6 Diálogo original grabado principalmente en español o en alguna de las lenguas oficiales de España o de otros países del Espacio Económico Europeo. 8  
A.7 Una versión final de la producción estará disponible doblada o subtitulada en español o en otra lengua oficial española. 2  
A.8 Que se incluya en la obra lengua de signos españolas reconocidas en España como propias, realizada en España. 1  
I. B Desarrollo de los trabajos de la producción: 9
B.1 Porcentaje del rodaje principal realizado en España por obra o por capítulo. 8  
B.1.1 Al menos el 50 % 8    
B.1.2 Al menos el 33 % 7    
B.1.3 Al menos el 25 % 6    
B.1.4 Al menos el 15 % o un mínimo de 2 semanas 5    
B.2 Al menos el 50 % de los Efectos Visuales (VFX) o Efectos Especiales Prácticos (SFX) se realizan en España. 4  
B.3 Al menos el 50 % del trabajo en grabación de música o postproducción de audio o postproducción de imagen se realiza en España. 4  
B.4 Al menos el 50 % de las empresas proveedoras de elementos técnicos (cámara, iluminación, sonido, maquinistas) del rodaje en España son españolas. 4  
I. C Personal ciudadano o residente español o en otro país del Espacio Económico Europeo (cuando el puesto que se indica sea ocupado por varias personas, se obtendrá puntuación si al menos a una de ellas cumple el requisito). 8
C.1 Director o directora. 4  
C.2 Guionista. 2  
C.3 Compositor o compositora. 2  
C.4 Director o directora de fotografía. 2  
C.5 Productor ejecutivo o productora ejecutiva. 1  
C.6 Actor o actriz protagonista. 4  
C.7 Al menos el 50 % del resto del personal artístico. 2  
C.8 Jefe o jefa de equipo (diseñador/a de producción principal, diseñador/a de vestuario principal, montador/a principal, diseñador/a de sonido principal, supervisor/a principal de efectos visuales, supervisor/a principal de maquillaje y peluquería). 2  
C.9 Al menos el 50 % del personal técnico y de producción, en las escenas rodadas en España. 4  
II. Producciones de imagen de animación y efectos visuales y postproducción (puntuación mínima requerida: 15)

Puntuación máxima

35

II. A Contenido Cultural. 18
A.1 Al menos 5 escenas de la producción están ambientadas en España, en otro país del Consejo de Europa, en uno de los países hispanohablantes entendiendo por tal, y en lo sucesivo, el país donde el español o el castellano es la lengua oficial) o en una localización fantástica, imaginaria o que no pueda ser determinada. 6  
A.2 Al menos un personaje principal es español o de otro país del Espacio Económico Europeo, de un país hispanohablante o de una nacionalidad que no se puede determinar. 3  
A.3 Al menos 2 localizaciones representativas y reconocibles como España, sirven como el escenario de una escena cada una. 4.  
A.4 La trama refleje el patrimonio artístico o cultural, la realidad social o un periodo histórico relevante, así como personajes o lugares míticos. 4  
A.5 Diálogo original grabado principalmente en español o en alguna de las lenguas oficiales de España o de otros países del Espacio Económico Europeo 8  
A.6 Una versión final de la producción estará disponible doblada o subtitulada en español o en otra lengua oficial española. 2  
A.7 Que se incluya en la obra lengua de signos españolas reconocidas en España como propias, realizada en España. 1  
II. B Desarrollo de los trabajos de la producción. 9
B.1 Porcentaje de gastos de diseño de personajes, fondos, pre-visualización y animación/efectos visuales realizados en España por obra o por capítulo. 8  
B.1.2 Al menos el 50 % 8    
B.1.3 Al menos el 33 % 7    
B.1.4 Al menos el 25 % 6    
B.1.5 Al menos el 15 % 5    
B.1.6 Al menos el 10 % 4    
B.2 Al menos el 50 % del trabajo en grabación de música o postproducción de audio o postproducción de imagen se realiza en España, por obra o por capítulo. 4  
B.3 La audiodescripción de la obra audiovisual se realiza en España 1  
II. C Personal ciudadano o residente español o en otro país del Espacio Económico Europeo. (Cuando el puesto que se indica sea ocupado por varias personas, se obtendrá puntuación si al menos a una de ellas cumple el requisito). 8
C.1 Director o directora. 4  
C.2 Guionista. 2  
C.3 Compositor o compositora. 2  
C.4 Director o directora de animación/a; o supervisor o supervisora de efectos visuales; o supervisor o supervisora de postproducción; o montador o montadora de la obra audiovisual. 2  
C.5 Productor ejecutivo o productora ejecutiva; o empresa responsable de todo o parte del servicio de producción. 1  
C.6 Diseñador o diseñadora de personajes; o animador o animadora; o modelador o modeladora; o iluminador o iluminadora; o compositor o compositora de VFX; o artista Foley; o editor o editora de sonido; o mezclador o mezcladora de sonido. 2  
C 7 Jefe o jefa de equipo de modelado, o de layaut, o de lightning, o de FX, o de CFX, o de compositing, o de animación y sonido. 2  
C 8 Al menos el 50 % del personal técnico y de producción de las escenas realizadas en España. 4  

 Se añade por el art. único.8 de la Orden CUD/464/2021, de 10 de mayo. BOE-A-2021-7949

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