Legislación › Real Decreto-ley 25/2020, de 3 de julio, de medidas urgentes para apoyar la reactivación económica y el empleo.
Disposición adicional primera. Crédito extraordinario en el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo para atender el Plan Renove del Plan de Impulso de la cadena de valor de la Industria de la automoción.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 5 de agosto de 2020 y la del 11 de septiembre de 2020.
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Disposición adicional primera. Crédito extraordinario en el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo para atender el Plan Renove del Plan de Impulso de la cadena de valor de la Industria de la automoción.
Se aprueba la concesión de un crédito extraordinario por importe de total de 250 millones de euros en el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, aplicación presupuestaria 20.09.422B.741 ''Plan 20.09.422B.782 «Plan Renove, dentro del Plan de impulso de la cadena de valor de la Industria de la Automoción''. Automoción».
La financiación del crédito extraordinario se realizará de conformidad con el artículo 46 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para 2018.
Con la aprobación de este real decreto ley se otorga la autorización y aprobación a que se refieren los artículos 10.2 y 34.1, respectivamente, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 11 de julio de 2021 En vigor | BOE-A-2021-11472 | Leer | Qué cambió |
| 23 de septiembre de 2020 | BOE-A-2020-11043 | Leer | Qué cambió |
| 11 de septiembre de 2020 | BOE-A-2020-10491 | Leer | Qué cambió |
| 5 de agosto de 2020 | BOE-A-2020-9131 | Leer | Qué cambió |
| 7 de julio de 2020 | Texto original | Leer |


