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Real Decreto 646/2020, de 7 de julio, por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero.
En vigor Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico · Publicada el 8 de julio de 2020 · Último cambio el 20 de octubre de 2021 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto y finalidad.
- Artículo 2. Definiciones.
- Artículo 3. Ámbito de aplicación.
- Artículo 4. Instrumentos para la promoción al cambio a una economía más circular.
- CAPÍTULO II
- Artículo 5. Clases de vertederos.
- Artículo 6. Residuos y tratamientos no admisibles en un vertedero.
- Artículo 7. Residuos que podrán admitirse en las distintas clases de vertedero.
- Artículo 8. Objetivos de vertido y normas de cálculo.
- Artículo 9. Costes del vertido de residuos.
- CAPÍTULO III
- Artículo 10. Régimen jurídico de la autorización.
- Artículo 11. Condiciones de autorización.
- Artículo 12. Solicitud de autorización.
- Artículo 13. Contenido de la autorización.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 14. Procedimiento de admisión de residuos.
- CAPÍTULO V
- Artículo 15. Procedimientos de control y vigilancia durante la fase de explotación.
- Artículo 16. Procedimiento de clausura y mantenimiento postclausura.
- CAPÍTULO VI
- Artículo 17. Inspección de vertederos. 3 redacciones · cambió el 20/10/2021
- Artículo 18. Régimen sancionador.
- CAPÍTULO VII
- Artículo 19. Obligaciones de información.
- Disposición adicional primera. Requisitos mínimos exigibles para el vertido de la fracción orgánica de los residuos municipales.
- Disposición adicional segunda. Gestión de residuos asociados al COVID-19.
- Disposición transitoria única. Vertederos existentes y revisión de la autorización.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Incorporación de derecho de la Unión Europea.
- Disposición final tercera. Cálculo de los costes de emisión de gases de efecto invernadero.
- Disposición final cuarta. Habilitación para la actualización de los anexos.
- Disposición final quinta. Entrada en vigor.
- [firma]
- ANEXO I
- ANEXO II
- ANEXO II BIS
- ANEXO II TER
- ANEXO III
- ANEXO IV
- ANEXO V
- ANEXO VI
- ANEXO VII


