LexTotal

Legislación › Resolución de 26 de junio de 2020, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se publican medidas que afectan a las actividades de juego de la ONCE, como consecuencia de la aprobación del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

ANEXO 3

ANEXO 3

Acuerdo CEP.14(E)/2020-2.2, de 11 de junio, de la Comisión Ejecutiva Permanente del Consejo General de la ONCE, sobre la «Toma de conocimiento y ratificación de la Resolución 60/2020 del Director General de la ONCE»

1.º El presente acuerdo se adopta en razón de la excepcional situación causada por la crisis del COVID-19 en la ONCE y en el marco del bloque de acuerdos aprobados por esta causa.

2.º Se toma conocimiento y se ratifica en todos sus extremos la resolución 60/2020 del Director General de la ONCE, que se adjunta como anexo, sobre el pago de los premios no caducados correspondientes a los sorteos de los productos de las modalidades de lotería denominadas «Cupón de la ONCE» y «Juego Activo» celebrados hasta el 15 de marzo de 2020 y el reembolso o canje del precio de los cupones y boletos de productos de estas modalidades de lotería correspondientes a sorteos no celebrados desde el 16 de marzo de 2020.

3.º Trasladar el presente acuerdo a la Comisión Permanente del Consejo de Protectorado para su conocimiento y efectos oportunos.

Anexo al Acuerdo CEP.14(E)/2020-2.2, de 11 de junio

Resolución núm. 60/2020, del Director General de la ONCE, sobre el pago de los premios no caducados correspondientes a los sorteos de los productos de las modalidades de lotería denominadas «Cupón de la ONCE» y «Juego Activo» celebrados hasta el 15 de marzo de 2020 y el reembolso o canje del precio de los cupones y boletos de productos de estas modalidades de lotería correspondientes a sorteos no celebrados desde el 16 de marzo de 2020

1.º Mediante Acuerdo CEP.9(E)/2020-1, de 14 de mayo, la Comisión Ejecutiva Permanente del Consejo General aprobó el Plan de reactivación de las actividades operativas y comerciales de la venta de productos de lotería por los canales principal y complementario, y de puesta en marcha de los sorteos del cupón y de juego activo, y asimismo facultó al Director General para la ejecución material y gestión de los asuntos operativos del citado Acuerdo, en los términos que se recogen en el mismo.

2.º La presente Resolución se adopta en ejercicio de las facultades conferidas al Director General en el Acuerdo CEP.9(E)/2020-1, de 14 de mayo.

3.º En consecuencia, en ejecución del referido Acuerdo, se adoptan las siguientes decisiones, todas ellas con efectos desde el lunes 15 de junio de 2020, incluido:

a) Se levanta la suspensión del plazo de caducidad para presentar al cobro los cupones premiados correspondientes a los sorteos de los productos de la modalidad de lotería «Cupón de la ONCE» celebrados hasta el día 15 de marzo de 2020, incluido, cuyo periodo de cobro no hubiera caducado a dicha fecha, y se extiende dicho plazo hasta el 31 de julio de 2020, incluido.

Por tanto, desde el 15 de junio hasta el 31 de julio de 2020, ambos incluidos, dichos cupones se podrán presentar al cobro en los Centros de la ONCE, en el canal de agentes vendedores y en los establecimientos contemplados en el artículo 7 de su Reglamento Regulador (Canal Físico Complementario).

Además, como hasta ahora, dichos cupones se podrán seguir presentando al cobro en las entidades colaboradoras, también hasta la fecha extendida del 31 de julio de 2020.

b) Desde el 15 de junio hasta el 31 de julio de 2020, ambos incluidos, también se podrán presentar al cobro en los Centros de la ONCE y en el canal de agentes vendedores, los premios correspondientes a los sorteos de los productos de la modalidad de lotería «Juego Activo de la ONCE» celebrados hasta el día 15 de marzo de 2020, incluido, cuyo periodo de cobro no hubiera caducado a dicha fecha.

c) Desde el 15 de junio hasta el 31 de julio de 2020, ambos incluidos, se podrá solicitar el reembolso o el canje por otros productos de lotería del precio de los cupones correspondientes a los sorteos de productos de la modalidad de lotería denominada «Cupón de la ONCE» no celebrados desde el día 16 de marzo de 2020, incluido, en los Centros de la ONCE, en el canal agentes vendedores y en los establecimientos contemplados en el artículo 7 de su Reglamento Regulador (Canal Físico Complementario).

d) Desde el 15 de junio hasta el 31 de julio de 2020, ambos incluidos, se podrá solicitar en los Centros de la ONCE y en el canal de agentes vendedores el reembolso o el canje por otros productos de lotería del precio de los boletos correspondientes a los sorteos de productos de la modalidad de lotería denominada «Juego Activo de la ONCE» no celebrados desde el día 16 de marzo de 2020, incluido.

4.º A los premios de los sorteos de productos de la modalidad de lotería denominada «Cupón de la ONCE» celebrados desde el lunes 15 de junio de 2020, incluido, les será de aplicación el período de caducidad contemplado en el artículo 40 de su Reglamento regulador.

5.º Desde el 15 de junio de 2020, incluido, se levanta la suspensión de los plazos de caducidad que todavía no hubieran expirado a dicha fecha, para la presentación de los recursos y reclamaciones establecidos en el Real Decreto 358/1991, de 15 de marzo, por el que se reordena la ONCE y en los Reglamentos reguladores de las tres modalidades de lotería de las que es titular la ONCE, extendiéndose dichos plazos hasta el 31 de julio de 2020, incluido.

6.º Con efectos del lunes 15 de junio de 2020, quedan derogados y sin efecto los apartados de las Resoluciones del Director General números 33/2020, de 15 de marzo, 34/2020, de 17 de marzo y 37/2020, de 20 de marzo, que contradigan o resulten total o parcialmente modificados por las decisiones que se adoptan en la presente Resolución, así como la Resolución 58/2020, de 3 de junio.

7.º Publicar la presente Resolución en la Web oficial de juego de la ONCE (www.juegosonce.es).

8.º Dar cuenta de esta Resolución de forma urgente a la Comisión Ejecutiva Permanente del Consejo General, para su conocimiento y ratificación, y para su traslado a la Comisión Permanente del Consejo de Protectorado.

Índice