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Legislación › Decreto-ley 9/2020, de 25 de mayo, de medidas urgentes de protección del territorio de las Illes Balears.

Disposición transitoria segunda. Régimen transitorio de las solicitudes de licencia en suelo rústico.

Disposición transitoria segunda. Régimen transitorio de las solicitudes de licencia en suelo rústico.

Las determinaciones contenidas en este decreto ley en relación con el suelo rústico no son de aplicación a las solicitudes de licencia urbanística de edificación que cuenten con la documentación completa que debe contener legalmente la solicitud y que hayan sido presentadas en el Ayuntamiento respectivo antes de la entrada en vigor de este decreto ley.

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