Legislación › Orden INT/657/2020, de 17 de julio, por la que se modifican los criterios para la aplicación de una restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen por razones de orden público y salud pública con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.
Disposición final única. Efectos.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 31 de julio de 2020 y la del 29 de agosto de 2020.
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Disposición final única. Efectos.
Esta orden surtirá efectos desde las 24:00 horas del 22 de julio hasta las 24:00 horas del 31 16 de agosto septiembre de 2020, sin perjuicio de su eventual modificación para responder a un cambio de circunstancias o a nuevas recomendaciones en el ámbito la Unión Europea.


