Legislación › Orden TMA/676/2020, de 20 de julio, por la que se modifican temporalmente las obligaciones de servicio público establecidas en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de junio de 2006, por el que se declaran obligaciones de servicio público en rutas aéreas entre las islas Canarias.
Tercero. Publicidad y eficacia.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 23 de julio de 2020 y la del 24 de julio de 2020.
Tachado: lo que se quitó (56 palabras). Subrayado: lo que se añadió (6 palabras).
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Tercero. Publicidad y eficacia.
Esta orden se publicará en «Boletín “Boletín Oficial del Estado», Estado”, siendo aplicables las modificaciones de las obligaciones de servicio público establecidas en el apartado 1 el 1, al día siguiente al de la publicación en el «Diario Oficial de la Unión Europea» de la nota informativa a la que se refiere artículo 16.4, párrafo segundo, Reglamento (CE) n.º 1008/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de septiembre de 2008, sobre normas comunes para la explotación de servicios aéreos en la Comunidad. su publicación.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 24 de julio de 2020 En vigor | BOE-A-2020-12694 | Leer | Qué cambió |
| 23 de julio de 2020 | Texto original | Leer |


