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Legislación › Orden TMA/676/2020, de 20 de julio, por la que se modifican temporalmente las obligaciones de servicio público establecidas en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de junio de 2006, por el que se declaran obligaciones de servicio público en rutas aéreas entre las islas Canarias.

Tercero. Publicidad y eficacia.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 23 de julio de 2020 y la del 24 de julio de 2020. Tachado: lo que se quitó (56 palabras). Subrayado: lo que se añadió (6 palabras). Volver al texto en vigor

Tercero. Publicidad y eficacia.
Esta orden se publicará en «Boletín “Boletín Oficial del Estado», Estado”, siendo aplicables las modificaciones de las obligaciones de servicio público establecidas en el apartado 1 el 1, al día siguiente al de la publicación en el «Diario Oficial de la Unión Europea» de la nota informativa a la que se refiere artículo 16.4, párrafo segundo, Reglamento (CE) n.º 1008/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de septiembre de 2008, sobre normas comunes para la explotación de servicios aéreos en la Comunidad. su publicación.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
24 de julio de 2020 En vigor BOE-A-2020-12694 Leer Qué cambió
23 de julio de 2020 Texto original Leer

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