Legislación › Orden DEF/710/2020, de 27 de julio, por la que se desarrolla la organización básica del Estado Mayor de la Defensa.
Artículo 7. El Mando de Operaciones.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 29 de julio de 2020 y la del 13 de octubre de 2023.
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Artículo 7. El Mando de Operaciones.
1. El Mando de Operaciones (MOPS) es el órgano responsable del planeamiento operativo, la conducción, el seguimiento y la dirección del sostenimiento de las operaciones militares. Asimismo, asesora al JEMAD en la conducción estratégica de las operaciones desde el punto de vista operacional y es responsable de realizar el planeamiento y conducción de aquellos ejercicios que se determinen. Elabora directrices para el adiestramiento y alistamiento de los mandos y fuerzas asignados a la estructura operativa, supervisa su preparación y evalúa su disponibilidad operativa, contribuyendo a asegurar su eficacia operativa. Además, realiza la gestión del recurso de personal en las operaciones.
2. El MOPS se articulará en:
a) La Comandancia.
b) La Segunda Comandancia.
c) El Estado Mayor del Mando de Operaciones (EMMOPS).
d) El Mando Conjunto de Operaciones Especiales (MCOE).
e) El Núcleo del Cuartel General Conjunto Multinacional (ES-OHQ).
f) La Jefatura de Seguridad y Servicios (JESES-RETAMARES).
g) Otras unidades que se determinen.
3. El EMMOPS, principal órgano auxiliar de mando del Comandante del MOPS (CMOPS), es el órgano al que corresponde la planificación, coordinación y control general de las actividades relacionadas con el planeamiento, seguimiento y conducción de las operaciones. operaciones en el nivel operacional. Contará con un Área de Operaciones (AOPS) y un Área de Apoyos (AAPO).
4. El Jefe del Estado Mayor del MOPS es, a su vez, el Segundo Comandante del MOPS.
5. El MCOE es responsable de realizar el planeamiento, conducción y seguimiento de las operaciones especiales que se determinen, así como de facilitar la integración e interoperabilidad de las capacidades de operaciones especiales, y de planificar y conducir los ejercicios conjuntos necesarios para asegurar la eficacia operativa de las unidades de operaciones especiales que le sean asignadas. Asimismo, asesora al CMOPS en todo lo referente a operaciones especiales. Cuando así se determine, constituirá la base del Cuartel General de un Mando Componente de Operaciones Especiales, con capacidad para atender las necesidades nacionales y los compromisos internacionales.
6. El ES-OHQ es responsable de facilitar el proceso de activación de dicho Cuartel General de manera rápida y flexible.
7. La JESES-RETAMARES es el órgano responsable del mantenimiento de las instalaciones de la Base de Retamares, apoyando en materia de vida y funcionamiento a dicha base y a aquellas unidades dependientes del JEMAD que se determinen y a sus componentes. Responde en el ejercicio de sus funciones ante el CMOPS, como Jefe de la Base de Retamares. Organiza y dirige la seguridad que precise el personal destinado en la Base de Retamares y de sus dependencias. Además, lleva a cabo las gestiones en materia medioambiental, eficiencia energética y prevención de riesgos laborales en la Base de Retamares.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 13 de octubre de 2023 En vigor | BOE-A-2023-21065 | Leer | Qué cambió |
| 29 de julio de 2020 | Texto original | Leer |


