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Legislación › Decreto-ley 21/2020, de 2 de junio, de medidas urgentes de carácter económico, cultural y social.

Artículo 32. Régimen jurídico.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 4 de junio de 2020 y la del 18 de junio de 2020. Tachado: lo que se quitó (3 palabras). Subrayado: lo que se añadió (8 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 32. Régimen jurídico.
Esta medida de ayudas está vinculada, excepto con respecto a lo previsto en este capítulo, al programa de contratación en prácticas de personas jóvenes beneficiarias del Programa de garantía juvenil del Servicio Público de Empleo de Cataluña (SOC), aprobado por la Orden TSF/115/2018, de 12 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a incentivar la contratación en prácticas de personas jóvenes beneficiarias del Programa de garantía juvenil en Cataluña.
La Agencia Catalana de la Juventud aprobará una resolución de convocatoria extraordinaria extraordinaria, en concurrencia competitiva, de las ayudas correspondientes al presente capítulo, que fijará la cual debe fijar los criterios para la selección de los proyectos.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
18 de junio de 2020 En vigor BOE-A-2020-8754 Leer Qué cambió
4 de junio de 2020 Texto original Leer

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