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Legislación › Real Decreto-ley 27/2020, de 4 de agosto, de medidas financieras, de carácter extraordinario y urgente, aplicables a las entidades locales.

Disposición final décima cuarta. Entrada en vigor.

Disposición final décima cuarta. Entrada en vigor.

El presente real decreto-ley entrará en vigor el día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», sin perjuicio de lo establecido en su disposición adicional cuarta.

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