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Legislación › Real Decreto 725/2020, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de la Real y Militar Orden de San Hermenegildo.

Artículo 19. Real Cédula.

Artículo 19. Real Cédula.

Concedida la recompensa se expedirá la Real Cédula que lo acredite y se anotará en la documentación personal del interesado.

Los derechos y obligaciones de la recompensa obtenida se entienden concedidos por la publicación de la misma en el «Boletín Oficial del Estado», o en el «Boletín Oficial del Ministerio de Defensa», en su caso.

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